Área: Seguridad Privada

PERFECCIONAMIENTO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD

1.- Guardias de seguridad, nocheros, porteros, rondines u otros de similar carácter, son aquellas personas naturales que prestan servicios de seguridad privada, y que otorgan, personalmente, protección a personas y/o bienes, dentro de un recinto o área determinada, previamente delimitada, y que no se encuentra autorizada para poseer, tener o portar armas de fuego en el ejercicio de sus funciones. En caso que la autoridad fiscalizadora en materia de seguridad privada, determine que un Conserje ejerce funciones de seguridad privada, se reputará para todos los efectos legales y específicamente para la aplicación del Reglamento sobre nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de seguridad privada, como guardias de seguridad, nocheros, porteros o rondines. Asimismo, el o los interesados podrán contratar los servicios de guardias, nocheros, porteros, rondines u otros de carácter similar, por medio de empresas debidamente acreditadas, que provean recursos humanos para estos fines. El contrato y la directiva de funcionamiento correspondiente, deberá ser puesto en conocimiento de la autoridad fiscalizadora en materia de seguridad privada respectiva para los fines de fiscalización que procedan. 2.- El guardia de seguridad, NO ESTÁ facultado para portar armas de fuego. 3.- El guardia de seguridad, tiene la condición de empleado dependiente de las entidades contratantes. Del mismo modo también podrá tener la condición de independiente. 4.- La normativa contempla la prestación y oferta de servicios de guardia de seguridad, por parte de empresas de Recursos Humanos, debidamente autorizada por las respectivas Autoridades Fiscalizadoras O.S.10. 5.- Todos los guardias de seguridad dependiente e independiente, deben vestir el uniforme en cuanto a color y características, conforme lo señala el Decreto Supremo N° 867, de 2017, Artículo octavo del Reglamento, sobre nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de Seguridad Privada y Manual operativo de seguridad privada. 6.- En el caso del guardia de seguridad independiente, los documentos personales, deberán ser presentados por el propio interesado, al momento del inicio del curso de formación y/o perfeccionamiento, ante la respectiva empresa capacitadora, quedando exento de la obligación de presentar una póliza de seguros y contrato de trabajo.

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$ 70.000

  Duración: 36 horas

  Disponibilidad: Persona o Empresa

  Modalidad: Presencial

Modalidad de ejecución del curso

Presencial

Modalidad presencial.

Malla Curricular del Curso

Las asignaturas que se imparten en este curso son:
1.- Legislación de seguridad privada
2.- Prevención de Riesgos
3.- Protección de instalaciones
4.-Conocimientos en sistema de alarmas
5.- Sistema de comunicación y enlaces
6.- Valores y Ética
7.- Defensa personal
8.- Instrucción física.

A Quiénes Se Dirige el Curso

Chilenos o extranjeros con permanencia definitiva, mayores de 18 años y sin antecedentes penales.

Curso Disponible Para

Persona o Empresa

Duración

36 horas

Inicio del curso

03-07-2023

Aprobación y Certificación

El curso se aprueba con asistencia igual o superior al 80% por cada modulo y con aprobacion de un 60% o mas en el examen final.

Relator

MARIA PAZ MARIN

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Las clases se realizan en Curicó.
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