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El diseño de este curso obedece a la necesidad de nuestros clientes por entregar a su personal conocimientos y orientación práctica, basado en las exigencias legales existentes en Chile y que está señalado en el Reglamento del D.S. N° 133, sobre autorizaciones para Instalaciones radioactivas o Equipos Generadores de Radiaciones Ionizantes, Personal que se desempeña en ellas u opere tales equipos y Otras Actividades afines. El Título IV, artículo 16 y 17, letra b), establecen las condiciones y requisitos que debe cumplir el personal que se desempaña en las instalaciones y que opere los equipos generadores de radiaciones ionizantes, clasificados como segunda y tercera categoría. Pertenecen a la segunda categoría los laboratorios de baja radiotoxicidad, rayos X para diagnóstico médico o dental, radioterapia y roentgenterapia superficial. La tercera categoría incluye los equipos de fuente sellada de uso industrial, tales como: pesómetros, densitómetros, medidores de flujo y de nivel, detectores de humo, medidores de espesores, etc. Asimismo, quedan comprendidas en esta categoría las fuentes patrones, estimuladores cardíacos radioisotópicos, marcadores o simuladores de uso médico, equipos de rayos X para control de equipaje, correspondencia, etc., fluroscopia industrial y difractómetros.
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