Área: Contabilidad
Razones para realizar este curso de Nuevos regímenes de tributación (artículo 14 A y B de la LIR). - Las Empresas que realicen término de giro durante el año 2017, lo deben hacer de acuerdo al régimen de tributación que hayan optado. -Las empresas que tengan socios o accionistas sin domicilio ni residencia en el país, deben analizar si deben practicar la retención del impuesto adicional al momento de efectuar la remesa . - Este año tributario, se tiene que informar la diferencia que pudiese existir entre el Capital Propio tributario y el capital más las utilidades tributarias acumuladas, lo cual deben realizarlo las empresas acogidas a ambos regímenes.
Ver otros cursos asociados a: 14a 14b 14ter, Régimen Tributario, Renta
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